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lunes, 15 de abril de 2013

Noticia de Interés: La bandera de los juzgados de Pola de Siero, hecha jirones

Esta noticia es especialmente curiosa por la procedencia de quién efectúa la denuncia: los propios ciudadanos.




Fuente: La Nueva España

Laura Fernández

Comisión Tecnología y RRSS
QOE Asturias

martes, 15 de enero de 2013

Defensa de la Profesión: Colocación Correcta de Banderas



La normativa legal vigente que regula el uso de la Bandera de España y el de otras banderas y enseñas, viene recogida en la Ley 39/81, de 28 de octubre (BOE núm. 271 de 12 de noviembre). A continuación os transcribimos los artículos más relevantes:

La bandera de España simboliza la nación; es signo de la soberanía, independencia, unidad e integridad de la patria y representa los valores superiores expresados en la Constitución.

1. La bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica provincial o insular y municipal del Estado.
2. La bandera de España será la única que ondee y se exhiba en las sedes de los órganos constitucionales del Estado y en la de los órganos centrales de la Administración del Estado.
3. La bandera de España será la única que ondee en el asta de los edificios públicos militares y en los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
4. La bandera de España, así como el escudo de España, se colocará en los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, en las residencias de sus jefes y, en su caso, en sus medios de transporte oficial.
5. La bandera de España se enarbolará como pabellón en los buques, embarcaciones y artefactos flotantes españoles, cualquiera que sea su tipo, clase o actividad, con arreglo a lo que establezcan las disposiciones y usos que rigen la navegación.

En las Comunidades Autónomas, cuyos Estatutos reconozcan una bandera propia, ésta se utilizará juntamente con la bandera de España en todos los edificios públicos civiles del ámbito territorial de aquélla, en los términos de lo dispuesto en el artículo 6 de la presente Ley.

Cuando los Ayuntamientos y Diputaciones o cualesquiera otras Corporaciones públicas utilicen sus propias banderas, lo harán junto a la bandera de España en los términos de lo establecido en el artículo siguiente.

1. Cuando se utilice la bandera de España ocupará siempre lugar destacado, visible y de honor.
2. Si junto a ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño. Se entenderá como lugar preeminente y de máximo honor:
a) Cuando el número de banderas que ondeen juntas sea impar, la posición central.
b) Si el número de banderas que ondeen juntas es par, de las dos posiciones que ocupan el centro, la de la derecha de la presidencia si la hubiere o la izquierda del observador.

Cuando la bandera de España deba ondear junto a la de otros Estados o naciones lo hará de acuerdo con las normas y usos internacionales que rigen esta materia en las relaciones entre Estados, así como son las disposiciones y reglamentos internos de las organizaciones intergubernamentales y las conferencias internacionales.

Las autoridades corregirán en el acto las infracciones de esta Ley restableciendo la legalidad que haya sido conculcada.



A continuación, os ofrecemos dos ejemplos y con casos prácticos de la colocación correcta de banderas tanto en interior como en exterior, cumpliendo la normativa y fomentando la buena imagen de un Consistorio y su municipio:



CASO DE BANDERAS IMPARES
Ejemplo: Ayuntamiento de Oviedo






CASO DE BANDERAS PARES
Ejemplo: Ayuntamiento de Siero




Nacho Arango 
Graduado en Protocolo y Organización de Eventos
Coordinador QOE Asturias

lunes, 14 de enero de 2013

Defensa de la Profesión: Colocación de Banderas en el Ayuntamiento de Cudillero


Como profesionales del Protocolo y Organización de Eventos son numerosas las ocasiones en que observamos fallos protocolarios, uno de los más habituales es la colocación de las banderas, ya sea por desconocimiento o descuido o bien por una total dejadez y falta de interés en el conocimiento y aplicación de las leyes.

Una de las premisas del movimiento QOE es dar a conocer nuestra profesión, que se reconozca la importancia del protocolo y del buen hacer en los eventos. Con este objetivo y, ante la observación de numerosos fallos en este sentido, desde QOE decidimos iniciar múltiples acciones en defensa, promoción y reconocimiento de esta profesión.

No pretendemos dar clases de protocolo, ni en este caso de colocación de banderas, pero sí que es nuestro cometido dar a conocer que todo tiene un por qué, que existe una regulación legal en este sentido y en base a ella ejercemos la actuación que creemos más oportuna.

La pasada semana aparecía en un diario provincial la fotografía del Salón de Plenos Municipal de la Casa Consistorial de Cudillero, en que la colocación y orden de las Banderas que presiden la sala no se adecua a la normativa vigente.



QOE decidió ponerse en contacto con la Alcaldesa-Presidenta en funciones del Ayuntamiento de Cudillero, para sugerirle que coloque las banderas de la forma correcta. De esta manera aplicarían la ley que existe al respecto y además conseguirían proyectar una buena imagen de la Corporación a la hora de publicitar su imagen y la de su municipio, algo muy importante hoy en día para obtener los resultados requeridos.

En la carta dirigida al Consistorio pixueto (y que pueden ver a continuación) incluimos la normativa legal que atañe a la colocación de las banderas y nos ponemos a disposición del Ayuntamiento.




Sra. Alcaldesa-Presidenta en funciones del Ayuntamiento de Cudillero
Dª. Nuria Álvarez García
Ayuntamiento de Cudillero
Plaza San Pedro, s/n
33150 - Cudillero

En Oviedo a 15 de enero de 2013

 Sra. Alcaldesa-Presidenta:

En primer lugar quisiera presentarme, mi nombre es Ignacio Arango y le escribo en representación del movimiento sin ánimo de lucro “Queremos Organizar Eventos - QOE”, en calidad de coordinador de su delegación territorial en el Principado de Asturias.

Este movimiento, integrado por alrededor de un millar de personas entre profesionales y estudiantes de Protocolo y Organización de Eventos en toda España, trata de trasladar a la sociedad la importancia del protocolo y del mundo de los eventos, para lo cual, ha realizado desde su nacimiento, múltiples acciones en la defensa, promoción y reconocimiento de esta profesión.

La oficialización de los estudios de Protocolo, mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de septiembre de 2009 (BOE núm. 244, de 9 de octubre de 2009), ha provocado un cambio fundamental en esta materia, tan importante no solo en las altas instituciones del Estado y Autonómicas, sino también en cualquier Corporación Local o entidades públicas o privadas.

Así pues, y a la vista de la toma de posesión del nuevo Alcalde de Cudillero en proximas fechas, hemos podido comprobar a través de algunas fotografías publicadas en los medios de comunicación, que en el Salón de Plenos Municipal de la Casa Consistorial, la colocación y orden de las Banderas que presiden tan regia sala, no se adecua a la normativa vigente, lo cual creemos que debe corregirse, no por la simple aplicación de la ley sino por la propia imagen que proyecta esa Corporación a la hora de publicitar su imagen y su municipio, tan importantes hoy en día para obtener los resultados que toda entidad requiere. Creemos que, un Concejo como Cudillero, conocido en toda España y visitado por gran cantidad de personas a lo largo de todo el año, debe dar ejemplo de señorío y cumplidor con la ley.

No pretendemos dar una clase de protocolo ni de colocación de banderas, más lejos de nuestra intención, sin embargo, nos gustaría hacerle llegar la regulación legal en este sentido y alguno de los puntos más importantes a la hora de conocer y actuar conforme establece la norma.

La Ley 39/1981, de 28 de octubre (BOE núm. 271 de 12 de noviembre), por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, establece en su articulado el significado de la Bandera de España, como máximo símbolo de la nación, signo de su soberanía, independencia, unidad e integridad, la cual representa los valores superiores fijados en nuestra Constitución. (artículo 1)

Igualmente, indica cómo y dónde debe ondear la enseña nacional, ocupando el lugar preferente en todos los edificios públicos, tanto en el exterior como en el interior (artículo 3), siempre en lugar destacado, visible y de honor (artículo 6) y determina su colocación de la siguiente forma:


“Artículo 6.2. Si junto a ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño. Se entenderá como lugar preeminente y de máximo honor:

a) Cuando el número de banderas que ondeen juntas sea impar, la posición central.

b) Si el número de banderas que ondeen juntas es par, de las dos posiciones que ocupan el centro, la de la derecha de la presidencia si la hubiere o la izquierda del observador”

Por todo ello, y dentro del respeto debido al Ayuntamiento de Cudillero, le hacemos llegar nuestra propuesta y le rogamos pueda ponerla en práctica en la toma de posesión del nuevo Alcalde, mantenerla así en el salón plenario para todos los actos que esa institución promueva en el futuro, así como en cualquier otro espacio de competencia municipal, y de esta manera, cumplir con la normativa legal aplicable y mejorar así la imagen y proyección de su municipio y la de todos sus ciudadanos.

Sin otro particular y agradeciendo de antemano su atención, QOE se pone a su disposición para cualquier necesidad o aclaración que requiera de nosotros.


Ignacio Arango Huerta




Desde QOE Asturias animamos a aquellos profesionales del Protocolo y la Organización de Eventos - miembros o no de QOE - a que tomen partido en estas y otras acciones en defensa de nuestra profesión, promoción y reconocimiento.

Nos gustaría que se pongan en contacto con nosotros para informarnos y emprender las acciones que se estimen oportunas. Juntos sumamos más.

Gracias.



Nacho Arango                                
Coordinador QOE Asturias

Laura Fernández

Comisión Tecnología y RRSS
QOE Asturias